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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de mayo de 2007, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 86/2007-SS en que participó el presente criterio.

I.10o.T.34 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
188195
Clave de tesis
I.10o.T.34 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1745

JUBILACIÓN. DEBE REGIRSE POR LO EXPRESAMENTE PACTADO EN LAS ESTIPULACIONES LABORALES VIGENTES EN LA FECHA EN QUE SE OTORGUE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1745

Precedentes

Amparo directo 2110/2001. José Manuel Martínez Rodarte. 18 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretario: José Maximiano Lugo González. Nota: Por ejecutoria de fecha 23 de mayo de 2007, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 86/2007-SS en que participó el presente criterio.

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