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IX.1o.20 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

DEMANDA LABORAL. LA LEY NO ESTABLECE QUE PUEDA CONTESTARSE PARCIALMENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1715

Precedentes

Amparo directo 444/2001. Alfredo Fernando Pintor Hernández. 17 de agosto de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Artemio Zavala Córdova. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, marzo de 1998, página 257, tesis 2a./J. 11/98, de rubro: " AUDIENCIA LABORAL. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA CUANDO EL ACTOR MODIFICA SUSTANCIALMENTE SU ESCRITO INICIAL .". Nota: Por ejecutoria de fecha 10 de noviembre de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 155/2006-SS en que participó el presente criterio.