VI.1o.P.185 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
AGRAVIOS DEL REO O DE SU DEFENSOR, LA OMISIÓN DEL ESTUDIO DE LOS, RESULTA VIOLATORIA DE GARANTÍAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1679
Si la Sala responsable no dio contestación a los agravios planteados por el reo o su defensor, aunque la ad quem hubiera manifestado que a su juicio no existían agravios que suplir al considerar que los elementos del cuerpo del delito de que se trata y la responsabilidad penal del sentenciado en su comisión estuvieron plenamente acreditados con las pruebas que aparecen en autos y que correctamente fundamentó y razonó el Juez de origen, los que hizo suyos y dio por reproducidos para evitar reiteración, tal actuar vulnera las garantías individuales del quejoso, toda vez que al ser éstos los motivos de inconformidad esgrimidos por el reo o su defensor, no debió omitir su estudio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 271/2001. 28 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretaria: María Eva Josefina Lozada Carmona.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, página 307, tesis 418, de rubro: "
AGRAVIOS EN LA APELACIÓN EN MATERIA PENAL. FALTA DE ESTUDIO DE LOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA)
.".