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VIII.3o.18 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

ACTA DE HECHOS ELABORADA POR LA POLICÍA FISCAL. NO CONSTITUYE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Noviembre de 2001; Pág. 480

Precedentes

Revisión fiscal 13/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón. 7 de abril de 2000. Mayoría de votos. Disidente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Ponente: Pablo Camacho Reyes. Secretaria: María del Pilar Aspiazu Gómez. Revisión fiscal 332/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón. 7 de septiembre de 2000. Mayoría de votos. Disidente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Miguel Negrete García. Revisión fiscal 388/2000. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón. 19 de enero de 2001. Mayoría de votos. Disidente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Ponente: Julio Jesús Ponce Gamiño, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Luis Sergio Lomelí Cázares. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, marzo de 2000, página 294, tesis 2a./J. 20/2000, de rubro: " POLICÍA FISCAL. LOS ACTOS QUE REALIZA EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, NO CONSTITUYEN EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA .".

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