IX.1o.55 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
INCIDENTE DE GASTOS Y COSTAS. LA INFORMAL NOTIFICACIÓN DEL AUTO QUE ORDENA DARLE TRÁMITE, NO PUEDE EQUIPARARSE AL ILEGAL EMPLAZAMIENTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Octubre de 2001; Pág. 1129
La instauración del incidente, cuando las partes intervinieron en la controversia, lleva a considerar que la parte demandada en el mismo no puede equipararse a un tercero extraño al procedimiento y, por ende, promover el juicio de amparo, sin agotar recursos ordinarios. Y si bien el demandado puede llegar a equipararse a un tercero extraño y promover el juicio de garantías sin agotar recursos ordinarios, ello obedece a no haber conocido del juicio de origen. Por tanto, la demandada en el incidente, que considere irregular la notificación del auto que ordena darle trámite, debe promover la nulidad de la notificación, pues no puede instaurar el juicio de amparo contra la interlocutoria respectiva, alegando aquella cuestión, equiparándose a un tercero extraño.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 102/2001. Autobuses Centrales de México, Flecha Amarilla, S.A. de C.V. 17 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Artemio Zavala Córdova.