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P./J. 103/2001 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN. CONFORME AL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, LAS UNIDADES QUE SIRVEN PARA COMPUTAR LA MAGNITUD DE TIEMPO SON EL SEGUNDO, EL MINUTO, LA HORA Y EL DÍA.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Septiembre de 2001; Pág. 1102

Precedentes

Controversia constitucional 5/2001. Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 4 de septiembre de 2001. Unanimidad de diez votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretarios: Pedro Alberto Nava Malagón y César de Jesús Molina Suárez. El Tribunal Pleno, en su sesión pública celebrada hoy cuatro de septiembre en curso, aprobó, con el número 103/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a cuatro de septiembre de dos mil uno.

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