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I.2o.T.14 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

FONDO DE AHORRO. NO PROCEDE SU PAGO CUANDO SE OMITE PRECISAR EL SALARIO BASE PARA SU CUANTIFICACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Septiembre de 2001; Pág. 1322

Precedentes

Amparo directo 8242/2001. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Griselda Reyes Larrauri. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, diciembre de 1996, página 403, tesis II.1o.C.T.36 L, de rubro: " FONDO DE AHORRO. DEBE OBRAR EN AUTOS EL DOCUMENTO QUE LO PREVÉ. ". Nota: La tesis de jurisprudencia citada, aparece publicada con el número 540 en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 442.

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