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XVI.4o.4 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DESISTIMIENTO. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 383, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Septiembre de 2001; Pág. 1314

Precedentes

Amparo directo 492/2000. Rodolfo Eduardo García Casillas. 31 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Castro Aguilar. Secretario: Francisco Ramos Silva.

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