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XI.1o.18 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

RESTITUCIÓN DEL BIEN EMBARGADO PRECAUTORIAMENTE. ES CONSECUENCIA NECESARIA DEL LEVANTAMIENTO DE LA PROVIDENCIA RESPECTIVA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Mayo de 2001; Pág. 1223

Precedentes

Amparo en revisión 132/2000. Julio César Gascón Gómez y otra. 13 de octubre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: José Ma. Álvaro Navarro. Secretaria: Marvella Pérez Marín.

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