II.T. J/13 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
LAUDO. LA FALTA DE FIRMA DE UNO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, CONSTITUYE UNA IRREGULARIDAD QUE MOTIVA EL OTORGAMIENTO DEL AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Abril de 2001; Pág. 985
En términos de lo establecido en el artículo 186 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje se integrará por un representante de cada uno de los poderes públicos del Estado, uno de cada sindicato mayoritario aludido en el segundo párrafo del numeral 138 del mismo ordenamiento, uno de los Ayuntamientos de la entidad que será el del Municipio de residencia del tribunal y un árbitro designado por la mayoría de los representantes, quien fungirá como presidente y durará en su cargo el término máximo de seis años, e incluso, con excepción del presidente, cada representante contará con un suplente. En consecuencia, si la mencionada autoridad laboral, está constituida por los representantes descritos, entonces, todos tienen la obligación de firmar el laudo, en cuya virtud, cuando alguno omite signarlo, debe otorgarse el amparo a fin de que se subsane la irregularidad de mérito.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 997/2000. Juan Salgado Rubio y otro. 18 de enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.
Amparo directo 1036/2000. Arturo Martínez Almaraz. 1o. de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretaria: Rosario Moysen Chimal.
Amparo directo 27/2001. José Carmen Cardoso Rodríguez. 15 de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretario: Carlos Díaz Cruz.
Amparo directo 29/2001. Jacob Víctor Castrejón Núñez. 15 de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.
Amparo directo 32/2001. Daniel Guillén Contreras. 21 de febrero de 2001. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Raúl Díaz Infante Vallejo.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 811, tesis 944, de rubro: "
LAUDO Y ACTA DE DISCUSIÓN Y VOTACIÓN. FALTA DE FIRMA DE ALGÚN MIEMBRO DE LA JUNTA O DEL SECRETARIO.
".