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I.12o.C.7 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

CARTA ROGATORIA. CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Abril de 2001; Pág. 1039

Precedentes

Amparo en revisión 199/2000. David Peñaloza Sandoval. 18 de agosto de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretaria: Mercedes Rodarte Magdaleno. Notas: Las tesis citadas aparecen publicadas con los números 189 y 175, en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, páginas 154 y 144, respectivamente. Esta tesis contendió en la contradicción 34/2007-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 160/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, marzo de 2008, página 46, con el rubro: " EXHORTOS O CARTAS ROGATORIAS. LA DETERMINACIÓN DEL JUEZ NACIONAL POR MEDIO DE LA CUAL SE LES DA TRÁMITE Y EJECUCIÓN A NIVEL INTERNO ES IMPUGNABLE POR MEDIO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO ."

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