VI.1o.P.76 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ACTUACIONES DERIVADAS DE UN JUICIO DIVERSO AL PROCEDIMIENTO PENAL. NO SON DETERMINANTES EN ÉSTE, PARA LA ACREDITACIÓN O NO DEL CUERPO DEL DELITO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Abril de 2001; Pág. 1026
Las actuaciones efectuadas en un incidente promovido en un juicio ejecutivo mercantil, con la finalidad de demostrar que en el ejercicio de la acción cambiaria directa, se presentó un título de crédito falsificado, no resultan determinantes en el procedimiento penal para establecer la acreditación o no del cuerpo del delito o de la responsabilidad penal, pues si bien existe una estrecha relación entre el objeto del proceso penal, con la cuestión debatida en la vía mercantil -probar la existencia de la falsificación-, bien podría suceder que por diversas situaciones en el juicio mercantil, no se lograran justificar los hechos base de la excepción de falsedad, y en cambio sí podría hacerlo el representante social mediante una correcta integración de diligencias en averiguación previa.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 750/99. 13 de julio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco.