III.1o.C.117 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
INSTITUCIONES DE CRÉDITO. EL CONCEPTO DE BANCA MÚLTIPLE ES DIFERENTE AL DE SOCIEDAD ANÓNIMA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Marzo de 2001; Pág. 1765
De la interpretación de los artículos
8o. y 9o. de la Ley de Instituciones de Crédito
se concluye que el concepto de "banca múltiple" y el de "sociedad anónima" son diferentes, pues la anónima es una forma societaria y la banca múltiple es simplemente una de las dos maneras de prestar el servicio de banca y crédito que reconoce nuestro derecho; es decir, la sociedad anónima es la forma legal como se constituye la persona jurídica, y la banca múltiple es la forma de hacer la banca; por tanto, quien constituye la entidad jurídica es la sociedad anónima, independientemente de la forma como preste el servicio de la banca.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1303/2000. Paletas Manhattan, S.A. de C.V. y otra. 19 de octubre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Soto Gallardo. Secretario: Miguel Ángel Rodríguez Torres.