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VI.3o.C. J/38 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Civil

EMPLAZAMIENTO EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES. LAPSO QUE DEBE MEDIAR ENTRE EL CITATORIO Y LA NOTIFICACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Enero de 2001; Pág. 1568

Precedentes

Amparo en revisión 146/90. Abel Lozada Cázares. 22 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera. Amparo en revisión 91/92. María del Rocío Xaltenco Guerra. 12 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Yolanda Ulloa de Rebollo. Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Amparo directo 100/92. Luis Emilio Nacif Kadu. 12 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ana María Yolanda Ulloa de Rebollo. Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Amparo en revisión 313/94. Miguel Campos Diez. 11 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretaria: Luz del Carmen Herrera Calderón. Amparo en revisión 464/2000. Autotransportes Tlaxcala, Apizaco, Huamantla, S.A. de C.V. 17 de noviembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Filiberto Méndez Gutiérrez. Secretaria: Carla Isselín Talavera.

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