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XX.2o.3 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ACCIÓN DE NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO. SU CONOCIMIENTO COMPETE AL JUEZ DEL FUERO COMÚN EN MATERIA CIVIL CON INDEPENDENCIA DE LA NATURALEZA DEL JUICIO DE QUE SE TRATE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Enero de 2001; Pág. 1671

Precedentes

Amparo directo 778/99. Banco Nacional de México, S.A. 5 de abril de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretario: José Luis Martínez Villarreal. Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de septiembre de 2004, el Tribunal Pleno declaró improcedente la contradicción de tesis 26/2003-PL en que participó el presente criterio, en virtud de que la contradicción de tesis versa sobre un punto jurídico equivocado respecto del cual los dos Tribunales Colegiados de Circuito se pronunciaron.

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