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IX.1o.45 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
- Registro digital (IUS)
- 190831
- Clave de tesis
- IX.1o.45 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 9a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Materia
- Común
- Fuente
- [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Diciembre de 2000; Pág. 1421
RECUSACIÓN. DEBE FORMULARSE EN CONTRA DE LA PERSONA FÍSICA QUE OSTENTA EL CARGO Y NO DEL ÓRGANO JUDICIAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Diciembre de 2000; Pág. 1421
El impedimento es la incapacidad subjetiva de la persona que desempeña un cargo jurisdiccional, derivada de alguna de las causas que la ley señala y, en consecuencia, si la recusación se formula en contra de un órgano judicial y no de su titular, debe desecharse.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 310/2000. Grupo Rioverde, S.A. de C.V. 28 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Rubén Delgado Rodríguez.