I.5o.T.186 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DESPIDO, DESOBEDIENCIA COMO CAUSAL DE. SE CONFIGURA SI EL TRABAJADOR NO ACATA EL TRASLADO A DIVERSO LUGAR PARA LABORAR, HABIENDO EXPRESADO SU CONSENTIMIENTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Octubre de 2000; Pág. 1289
Cuando el instructivo de la patronal en sus normas indica que uno de los requisitos para que opere el traslado del centro de actividades, es que exista el consentimiento del activo, y éste rubrica el escrito mediante el cual se le notifica, y anota estar de acuerdo con el cambio de adscripción, pero no en lo tocante a las percepciones, esto último es intrascendente, al igual que lo referente a que el empleado aduzca que todos los movimientos deben ser autorizados por el director del sitio de tareas, y que posteriormente comunique que no lo acepta, pues con anterioridad admitió la disposición, y por ello, si deja de cumplirla, se surte la causal de desobediencia por parte del funcionario y el cese es legal.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 12495/99. Claudio Javier Nava Guajardo. 1o. de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa Ma. Cárdenas Brindis.