I.12o.T.2 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL. EL PRINCIPIO DE ORALIDAD RIGE SU OFRECIMIENTO, POR LO QUE DEBE SER OBSERVADO AUN CUANDO SE PRESENTE ESCRITO DE OFRECIMIENTO ANTES DE LA AUDIENCIA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 873 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Septiembre de 2000; Pág. 796
En observancia al principio de oralidad que rige en el proceso en materia de trabajo, se requiere de la comparecencia de las partes a la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, por ser el momento procesal oportuno para proponerlas o para ratificar el ocurso que contenga tal ofrecimiento y que se hubiera exhibido con anterioridad a la celebración de la audiencia; esto es, la asistencia del oferente a la fase de que se trata es esencial para acordar su pretensión al respecto, en observancia a lo dispuesto por los artículos
685, 873 y 880 de la Ley Federal del Trabajo
; por tanto, si con anticipación a la fecha en que habrá de tener verificativo la mencionada etapa, una de las partes mediante escrito propone sus pruebas, pero no comparece al periodo correspondiente, y por consiguiente no lo ratifica, es legal que la Junta del conocimiento le tenga por perdido su derecho a ofrecer pruebas.
DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9512/2000. Eliseo Aguilar Reyes. 4 de agosto de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Bonilla Solís. Secretaria: Martha Camacho Arellano.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, página 558, tesis 813, de rubro: "
ORALIDAD, PRINCIPIO DE
.".
Nota: Por ejecutoria de fecha 1 de julio de 2005, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 32/2005-SS en que participó el presente criterio.