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IV.2o.A.T.20 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SOBRESEIMIENTO POR CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. NO PROCEDE SI EN EL NUEVO ACTO SUBSISTE EL CRITERIO IMPUGNADO EN AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Julio de 2000; Pág. 824

Precedentes

Amparo directo 1163/99. Ángel Luciano Gutiérrez González. 29 de marzo de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo R. Ríos Vázquez. Secretario: Marco Antonio Cepeda Anaya. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, diciembre de 1996, página 219, tesis 2a. CXI/96, de rubro: " CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. REGLA GENERAL .".

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