I.6o.C.200 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
CONTESTACIÓN DE DEMANDA Y RECONVENCIÓN. EL PROMOVENTE PUEDE COMPARECER EN AMBAS CON CARÁCTER DIFERENTE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Junio de 2000; Pág. 567
Si la intención del promovente es contestar la demanda y reconvenir con diferente carácter, éste es el imperativo que habrá de definir la forma en que quiera comparecer al juicio, atendiendo al principio de la voluntad de las partes, tomando en consideración que no existe disposición legal en contrario para que al contestar la demanda, lo haga como apoderado de una sociedad y en la reconvención comparezca únicamente por su propio derecho, y bajo estos parámetros, habrá de resolverse la litis contestatio en el procedimiento judicial.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 836/99. Alejandro Acosta Herrera, por sí y como representante de Sistemas Cibernéticos, S.A. de C.V. 27 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Adalid Ambriz Landa. Secretaria: Ana María Nava Ortega.