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XX.1o.95 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

INSCRIPCIÓN AL ISSSTECH. ES COMPETENTE EL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO PARA CONOCER DE ESTA PRESTACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Mayo de 2000; Pág. 944

Precedentes

Amparo directo 735/99. José Luis Mendoza Delgado y otros. 1o. de diciembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Noé Gutiérrez Díaz, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Magdalena Barrón Benítez. Nota: El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, al resolver en sesión de 1o. de diciembre de 1999 el amparo directo 735/99 decidió apartarse del criterio contenido en "... la ejecutoria dictada con fecha quince de agosto de mil novecientos noventa y seis, por el entonces Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, al resolver el amparo directo número 1083/95, promovido por Carlos Cozar Zúñiga, relativo al expediente laboral número 49/B/95, ya que atendiendo a las consideraciones expuestas con antelación la actual integración de este cuerpo colegiado, se aparta de dicho criterio por no compartirla.".

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