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P. XXIV/2000 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

VIOLACIÓN EQUIPARADA. EL ARTÍCULO 177 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, EN CUANTO ESTABLECE QUE BASTA LA CÓPULA CON PERSONA MENOR DE CATORCE AÑOS PARA LA CONFIGURACIÓN DEL DELITO, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Marzo de 2000; Pág. 115

Precedentes

Amparo en revisión 2628/98. 11 de noviembre de 1999. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán y José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de febrero en curso, aprobó, con el número XXIV/2000, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintinueve de febrero de dos mil.

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