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II.A.74 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

VISITA DOMICILIARIA. SU OBJETO DEBE SER ESPECÍFICO Y NO GENÉRICO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Febrero de 2000; Pág. 1136

Precedentes

Amparo directo 1079/98. José Ángel Esquivel Conzuelo. 6 de mayo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Darío Carlos Contreras Reyes. Secretario: José Antonio Abel Aguilar Sánchez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, diciembre de 1997, página 333, tesis 2a./J. 59/97, de rubro: " ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA, SU OBJETO .".