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I.7o.A.78 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SENTENCIA FISCAL. CUMPLIMIENTO. EL TÉRMINO DE CUATRO MESES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 239 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, NO IMPLICA LA CADUCIDAD DE LAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 783

Precedentes

Amparo directo 3807/98. Comisión de Contratos de la Sección 40 del Sindicato de Trabajadores de la República Mexicana, S.C. 21 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Ángel Corona Ortiz.

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