1a. XXXII/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Penal
ATRACCIÓN, FACULTAD DE. CARGA DE LA PRUEBA EN LA. CORRESPONDE AL PROMOVENTE.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Pág. 419
La acreditación de la procedencia del ejercicio de la facultad de atracción incumbe de manera primordial a quien la propone, debiendo justificar plenamente la necesidad de intervención de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que no se satisface con las meras aseveraciones de que el requerido por un gobierno extranjero es un ciudadano mexicano y de que son pocos los asuntos de extradición internacional pasiva, en los cuales se ve inmerso como pretendido un ciudadano mexicano.
Precedentes
Amparo en revisión (facultad de atracción) 311/99. Everardo Arturo Páez Martínez. 21 de abril de 1999. Cinco votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Guillermo Campos Osorio.