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1a./J. 54/99 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

PATRIA POTESTAD, SITUACIÓN DE LOS MENORES HIJOS. DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO EN TODA SENTENCIA QUE DECRETE EL DIVORCIO (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE COLIMA Y MICHOACÁN).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Pág. 280

Precedentes

Contradicción de tesis 68/98. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito. 29 de septiembre de 1999. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Ramiro Rodríguez Pérez. Tesis de jurisprudencia 54/99. Aprobada por la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de veintinueve de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

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