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XX.1o.90 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

AVISO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. LA DILIGENCIA RESPECTIVA DEBE ENTENDERSE DIRECTAMENTE CON EL TRABAJADOR Y NO CON SUS FAMILIARES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1244

Precedentes

Amparo directo 240/99. Instituto Mexicano del Seguro Social. 14 de mayo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Alcántara Moreno. Secretario: Francisco Eduardo Flores Sánchez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, octubre de 1997, página 727, tesis XXI.1o.68 L, de rubro: " AVISO DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. SU NOTIFICACIÓN POR MEDIO DE LA JUNTA, A TRAVÉS DE LOS FAMILIARES DEL TRABAJADOR, NO PRODUCE EFECTOS. ".

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