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1a./J. 37/99 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

CONFESIÓN JUDICIAL. ALCANCES DE LA PRODUCIDA EN LA DILIGENCIA DE EXEQUENDO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 5

Precedentes

Contradicción de tesis 60/97. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito y Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 3 de marzo de 1999. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Carlos Mena Adame. Tesis de jurisprudencia 37/99. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de dieciocho de agosto de mil novecientos noventa y nueve por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo y Juan N. Silva Meza. Ausente: Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 72/2002 en la Primera Sala, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 18 de junio de 2002.

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