III.2o.C.34 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
VENTA AD MENSURAM. CUÁL ES SU CARACTERÍSTICA ESENCIAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1361
Es evidente que en las ventas ad mensuram lo que importa es la referencia a un precio y a una unidad de medida; esto es, que según lo corrobora la doctrina, y se desprende de la propia locución latina que da nombre a ese tipo de venta (ad mensuram: por medida o con base en unidad de medida), su característica primordial, en tratándose de inmuebles, es la especificación de una superficie determinada y de un precio; y bastará lo anterior para poder estimar que la intención del comprador es adquirir una determinada extensión de terreno por un precio total determinado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2403/98. José Luis Flores Enríquez. 16 de abril de 1999. Mayoría de votos. Disidente: Rodolfo Moreno Ballinas. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Federico Rodríguez Celis.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LXXXIII, Cuarta Parte, página 60, tesis de rubro: "
VENTA AD CORPUS Y VENTA AD MESURAM
." y Séptima Época, Volúmenes 217-228, Cuarta Parte, página 329, tesis de rubro: "
VENTA AD CORPUS Y VENTA AD MESURAM. CARACTERÍSTICAS DE LAS MISMAS
.".