I.5o.T.169 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DOCUMENTOS, ALTERACIÓN DE. MEDIOS PROBATORIOS IDÓNEOS PARA IMPUTAR ESA CIRCUNSTANCIA A QUIEN OBTENGA PROVECHO DE LA MISMA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Septiembre de 1999; Pág. 798
No basta que del documento se aprecie claramente que se haya sobrepuesto determinado texto para que opere la falta de probidad de quien resulte beneficiado con ese hecho, pues si bien es cierto que aquella actitud es acorde a sus intereses, también lo es que no puede imputársele con certeza la comisión del ilícito, ya que en todo caso será necesario evidenciar mediante prueba eficaz que lo hizo de su puño y letra o que lo vieron hacerlo, ello a través de la pericial grafoscópica, la testimonial o incluso la de inspección judicial desahogada frente a diversos documentos, máxime si en la investigación previa fue negada tal conducta por quien se le presume responsable.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1845/99. Héctor Hernández Guadarrama. 21 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretaria: Rosa María López Rodríguez.