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II.T.8 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

DEMANDA LABORAL. SU ADMISIÓN NO ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Agosto de 1999; Pág. 747

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 23/99. Almacenadora Sur, S.A., Organización Auxiliar de Crédito. 14 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Lorena Figueroa Mendieta. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, página 139, tesis 202, de rubro: " DEMANDA, ADMISIÓN DE LA. AMPARO IMPROCEDENTE ." y Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXVII, página 5439, tesis de rubro: " DEMANDA EN MATERIA DE TRABAJO, LA ADMISIÓN DE LA, NO DA LUGAR AL AMPARO .".

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