2a. LXXXIV/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A UNA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EL CONOCIMIENTO DEL JUICIO EN QUE SE DEMANDA A UNA ASOCIACIÓN CIVIL QUE SÓLO TIENE EL CARÁCTER DE ORGANISMO AUXILIAR DE COORDINACIÓN DE UNA SECRETARÍA DE ESTADO.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Junio de 1999; Pág. 372
Las asociaciones mencionadas son organismos auxiliares de una secretaría de Estado, pero sus servidores, no son trabajadores de dicha secretaría; por tanto, aunque el Comité Regional de Sanidad Vegetal del Sureste, A.C., pertenece a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, como sólo es un organismo auxiliar de coordinación de dicha secretaría, los conflictos suscitados entre la asociación y uno de sus trabajadores, corresponde dirimirlos a una Junta Local de Conciliación y Arbitraje y no al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Precedentes
Competencia 107/99. Suscitada entre la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje residente en Linares, Nuevo León y la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en el Distrito Federal. 7 de mayo de 1999. Unanimidad cuatro votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Hugo Guzmán López.