XIV.3o. J/1 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SUSTITUCIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS. FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN).
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 969
De conformidad con el artículo 33 del Código de Defensa Social del Estado de Yucatán, cuando se acredite que el sentenciado no puede cubrir, total o parcialmente, la multa impuesta como sanción, la autoridad judicial puede sustituirla, también total o parcialmente, por jornadas de trabajo en favor de la comunidad y sólo cuando no sea posible o conveniente dicha sustitución de multa por la prestación del servicio, o el sentenciado se niegue a ello, entonces la autoridad judicial podrá sustituir la multa por prisión; por tal motivo, cuando la autoridad judicial, al dictar sentencia imponga una sanción pecuniaria y sólo otorgue la posibilidad de conmutarla por reclusión, dejando fuera la sustitución por jornadas de trabajo que la ley de la materia establece, deberá expresar con toda claridad y precisión los motivos que lo llevaron a tal determinación, pues sólo así estará cumpliendo con el imperativo constitucional de dictar una resolución debidamente fundada y motivada, como lo ordena el artículo
16 de la Carta Magna
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TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 75/98. Manuel Jesús Canto Santiago. 2 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Patricia Mújica López. Secretario: Vinicio Mendoza Suárez.
Amparo directo 76/98. Alejandro Herrera Castillo. 2 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Amorós Izaguirre. Secretario: Luis Manuel Vera Sosa.
Amparo directo 129/98. Carlos Ayuso Aban o Carlos Aban Ayuso alias "El Papo". 13 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretario: Edwin Noé García Baeza.
Amparo directo 54/99. Saúl Espartaco Paz Cetina. 13 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretario: Edwin Noé García Baeza.
Amparo directo 213/98. Luis Demetrio Yama Suaste. 27 de abril de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretaria: María Leonor Pacheco Figueroa.