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II.1o.P.60 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

ROBO, DELITO DE. SU PERSECUCIÓN ES DE OFICIO Y ES IRRELEVANTE QUE EL OFENDIDO ACREDITE LA PROPIEDAD DE LO ROBADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1458

Precedentes

Amparo directo 380/98. Marcos Morín Flores. 4 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretaria: Gabriela Bravo Hernández. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, diciembre de 1995, página 572, tesis IV.3o.7 P, de rubro: " ROBO. ES INNECESARIO JUSTIFICAR LA PROPIEDAD DE LOS BIENES, CUANDO SE ACREDITA EL APODERAMIENTO POR EL ACTIVO .".

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