VI.2o.225 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
RIÑA. NO SE ACREDITA CON LA SOLA CONFESIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1458
Con la confesión no puede acreditarse la riña, y como no hay más elementos que a ella se refieren, debe decirse que dicha modificativa no llegó a comprobarse en la causa.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 744/98. Rafael Sánchez Ricaño. 14 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretario: Alfonso Gazca Cossío.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LII, Segunda Parte, página 78, tesis de rubro: "
RIÑA, NO SE ACREDITA CON LA SOLA CONFESIÓN
.".