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IV.1o.P.C.5 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

VÍA EJECUTIVA, IMPROCEDENCIA DE LA. NO SE SUBSANA POR LA CONFESIÓN DEL DEMANDADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1473

Precedentes

Amparo directo 845/98. Manuel Ismael Martínez Reyes. 26 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretaria: María Luisa Guerrero López.