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VIII.2o. 43 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

REMATE. EL AUTO DE APROBACIÓN SÓLO TIENE EFECTOS DECLARATIVOS Y OTORGA DEFINITIVIDAD AL ACTO, POR SER LA ADJUDICACIÓN EL ACTO JURÍDICO TRASLATIVO DE LA PROPIEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1453

Precedentes

Amparo en revisión 333/98. Banamex, S.A. 28 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretario: Rodolfo Castro León. Nota: Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 9/2018 del índice del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo expediente original fue remitido para su resolución al Pleno del Octavo Circuito sin Especialización. Por ejecutoria del 31 de octubre de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 109/2018 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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