II.A.8 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
INSPECCIÓN JUDICIAL. ILEGAL DESECHAMIENTO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Marzo de 1999; Pág. 1413
El desechamiento de la prueba de inspección judicial sobre un documento ofrecido en el cuaderno incidental, es ilegal, cuando el Juez Federal se apoyó en los artículos
150
y
151, de la Ley de Amparo
, y por encontrarse el documento que se pretende inspeccionar en copia certificada en el juicio de amparo; en atención a que esos preceptos rigen la admisión de pruebas en el juicio principal y por disposición expresa del artículo
131
, de ese ordenamiento, no son aplicables al incidente, pues se tramita por cuerda separada y porque, si la documental de mérito obra en el cuaderno principal y el quejoso no solicitó la compulsa en el incidente, el Juez no puede privarlo de su derecho de allegar a éste esa prueba a través de la inspección.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 47/98. Mario Santana Herrera. 14 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Lorenzo Palma Hidalgo. Secretario: Eugenio Reyes Contreras.
Queja 149/98. Silvia Rivera Hernández, presidenta de la Asociación Civil "Trámites y Gestoría de Taxis RI-VA", y en representación de José Antonio García Fernández y otros. 24 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Lorenzo Palma Hidalgo. Secretario: Jever Magaña Fregoso.