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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/194572

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 17 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 139/2004-PS en que participó el presente criterio.

VII.2o.A.T.10 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
194572
Clave de tesis
VII.2o.A.T.10 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 487

AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. NO TIENE TAL CARÁCTER EL DIRECTOR DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 487

Precedentes

Amparo en revisión 306/98. José Alberto Gutiérrez Armenta. 19 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Mendoza Sánchez. Secretario: Víctor Ignacio Villanueva Grimaldo. Nota: Por ejecutoria de fecha 17 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 139/2004-PS en que participó el presente criterio.

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