Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
1a./J. 2/99 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

RECONOCIMIENTO DE INOCENCIA, INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 560 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 108

Precedentes

Reconocimiento de inocencia 5/95. Antonio Castillo Montoro. 14 de agosto de 1996. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretaria: María Elena Leguízamo Ferrer. Reconocimiento de inocencia 21/96. Francisco Javier Capetillo Aguilar. 7 de enero de 1998. Cinco votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Antonio Espinoza Rangel. Reconocimiento de inocencia 17/97. Armando Arias Garduño. 7 de enero de 1998. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Felisa Díaz Ordaz Vera. Reconocimiento de inocencia 13/97. Rodrigo Rodolfo Retana Soto. 1o. de abril de 1998. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Francisco Chávez Hochstrasser. Reconocimiento de inocencia 5/98. Miguel Martínez Rangel. 14 de octubre de 1998. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Miguel Ángel Zelonka Vela. Tesis de jurisprudencia 2/99. Aprobada por la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de trece de enero de mil novecientos noventa y nueve, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.

→ Más tesis en materia penal