Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.6o.T.9 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

ADMISIÓN DE PRUEBAS, ACUERDO QUE RESERVA ACORDAR SOBRE LA, ES IMPUGNABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 820

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 536/97. José Abarca Munguía. Unanimidad de votos. 3 de julio de 1997. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 9/98-SS , resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 5/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, febrero de 2001, página 250, con el rubro: " PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EL AUTO QUE, SIN PARALIZAR EL PROCEDIMIENTO, RESERVA ACORDAR SU ADMISIÓN Y SU EVENTUAL DESAHOGO, NO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL DE IMPOSIBLE REPARACIÓN Y, POR TANTO, ES IMPUGNABLE EN AMPARO DIRECTO ."

→ Más tesis en materia común