VI.2o.132 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO, AMPARO PEDIDO POR LAS, CONTRA LOS PROCEDIMIENTOS DE REMATE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 892
Conforme a la
fracción VII del artículo 107 constitucional
, los terceros extraños al juicio pueden promover el amparo contra actos ejecutados fuera de juicio o después de concluido, sin estar obligados a agotar los recursos o medios de defensa que concedan las leyes comunes, y no obsta a lo anterior, lo prevenido en la
fracción III del artículo 114 de la Ley de Amparo
en el sentido de que en los casos de ejecución de sentencia, y especialmente en los de remate, el juicio de garantías debe promoverse contra la resolución final o el auto que apruebe o desapruebe el remate, pues esta disposición se refiere exclusivamente a las partes en el juicio, y no a los terceros extraños; y por lo que se refiere a la fracción V del artículo 114 citado, que establece que los terceros extraños pueden solicitar amparo por actos, dentro o fuera de juicio, que los afectan, siempre que la ley común no establezca recurso o medio de defensa, debe decirse que esta disposición está en pugna con el texto de la referida fracción VII del artículo 107 constitucional, que no impone dicha limitación a los terceros, y, por lo mismo, no debe aplicarse.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 670/98. Alejandro Abud Muñoz. 27 de noviembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, página 302, tesis 454, de rubro: "
REMATES, CUÁNDO CABE EL AMPARO CONTRA LOS PROCEDIMIENTOS DE
." y Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXX, página 2889, tesis de rubro: "
PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO, AMPARO PEDIDO POR LAS, CONTRA LOS PROCEDIMIENTOS DE REMATE
.".