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P. XCV/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

PROMOCIONES DE NULIDAD. EL DESECHAMIENTO DE LAS PREVISTAS EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 223 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, NO VIOLA EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Diciembre de 1998; Pág. 256

Precedentes

Amparo en revisión 120/97. Industria Química del Centro, S.A. 2 de diciembre de 1997. Unanimidad de diez votos. Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Juan Ramírez Díaz. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de noviembre en curso, aprobó, con el número XCV/1998, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

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