I.5o.T.52 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN, PRUEBAS EN EL. DEBEN OFRECERSE EN FORMA DIRECTA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Diciembre de 1998; Pág. 1054
Es insuficiente que en el incidente de liquidación se proponga la instrumental de actuaciones en lo que se desprende y favorezca del expediente, pues atendiendo a la naturaleza del mismo, si se desea se tome en cuenta algún elemento probatorio contenido en el principal, deberá ofertarse como medio de convicción directo para que pueda ser estudiado, pues de no actuar en esa forma de ningún modo surgirá la obligación de examinarlo, dado que nunca fue propuesto con ese último carácter en el que se resolverá por separado.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 625/98. Colegios Militarizados, S. de R.L. 8 de julio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Marco Tulio Burgoa Domínguez.