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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de agosto de 2000, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 94/98 en que participó el presente criterio.

I.4o.C.24 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
195246
Clave de tesis
I.4o.C.24 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 514

CONDOMINIOS. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA LA VÍA EJECUTIVA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 514

Precedentes

Amparo directo 5394/98. Judith Brito Moctezuma. 18 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Efraín Cázares López. Nota: Por ejecutoria de fecha 9 de agosto de 2000, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 94/98 en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 195246