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IX.2o.8 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SUCESIÓN EN MATERIA AGRARIA. INEFICACIA DEL TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO EN RELACIÓN CON LA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1214

Precedentes

Amparo directo 267/98. Abel Osti Vanzini. 9 de julio de 1998. Mayoría de votos. Disidente: Pedro Elías Soto Lara. Ponente: María del Carmen Torres Medina. Secretaria: María del Carmen Estrada Vázquez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 108/98-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 11/2000, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, febrero de 2000, página 231, con el rubro: " SUCESIÓN DE DERECHOS AGRARIOS. LA ÚLTIMA VOLUNTAD DEL EJIDATARIO FORMULADA EN TESTAMENTO NOTARIAL ES SUSCEPTIBLE DE REVOCAR O MODIFICAR LA LISTA DE SUCESIÓN INSCRITA EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL HECHA CON ANTERIORIDAD ."

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