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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/195408

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 25 de marzo de 2009, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 128/2008-PS en que participó el presente criterio.

II.2o.C.124 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
195408
Clave de tesis
II.2o.C.124 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1114

CONCUBINA. NO TIENE INTERÉS JURÍDICO CUANDO RECLAMA EL DESPOSEIMIENTO DE UN INMUEBLE QUE OCUPA CON MOTIVO DEL AMASIATO, Y ASÍ PROCEDE DESECHAR LA DEMANDA DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1114

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 287/98. Martina Guadalupe Robledo Torres. 22 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Agustín Archundia Ortiz. Nota: Por ejecutoria de fecha 25 de marzo de 2009, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 128/2008-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 195408