II.2o.C.119 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
CONDENA AL PAGO DE UNA OBLIGACIÓN FISCAL (TENENCIA), PROCEDE EN JUICIO POR OMISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE AQUÉLLA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1115
Cuando se demande el cumplimiento de una obligación de carácter fiscal, como lo es el pago del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos, por uno o más años, derivado ello de un contrato de compraventa respecto de un automóvil, es innegable que debe repercutir esa carga en el vendedor, pues se comprometió a ello; sobre todo, porque la autoridad fiscal indicó que los supuestos recibos de pago del impuesto referido resultan ser apócrifos, y de consiguiente, es evidente que la obligación fiscal correlativa no se ha cumplido. De ahí que la condena sobre el cumplimiento de tal deber contra el vendedor sea apegada a derecho y no resulte conculcatoria de garantías.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 263/98. Javier Zaragoza Ávila. 11 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretario: Faustino García Astudillo.