IV.3o. J/38 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL. EXAMEN INTEGRAL DE LA.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Octubre de 1998; Pág. 1034
Es intrascendente el hecho de que durante el desahogo de la prueba testimonial, al formulársele a los testigos la pregunta relativa a la razón del dicho, no hayan consignado en forma clara las circunstancias de lugar, tiempo y forma en que se enteraron de lo que atestiguan, ello no le resta valor a dicho elemento de prueba, pues estas circunstancias deben derivarse de la totalidad de su información.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 53/94. Narciso Nava Ponce. 3 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretaria: Gloria Fuerte Cortés.
Amparo directo 378/95. Jesús Ángel Gaytán Platas. 8 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretario: Alberto Alejandro Herrera Lugo.
Amparo directo 770/95. Genoveva Chávez viuda de Ramos. 31 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretario: Raúl Alvarado Estrada.
Amparo directo 653/97. Martha Imelda Pacheco Martínez. 2 de diciembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretario: Raúl Fernández Castillo.
Amparo directo 425/98. José Adrián Pérez Ramírez. 12 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Epigmenio García Muñoz.