VII.1o.A.T.15 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DÍAS DE DESCANSO NO LABORADOS Y NO CUBIERTOS POR EL PATRÓN, DEMANDADOS COMO LEGALES. PAGO DE LOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Septiembre de 1998; Pág. 1159
Si el actor al formular la demanda reclama el pago de los días de descanso porque aunque correspondían a los no laborados no se le cubría el salario correspondiente a esos días, es claro y patente que se pidieron como legales, y, en esa virtud, la carga de la prueba correspondió al patrón de acuerdo con el artículo
784, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo
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PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 770/97. Héctor Fernando Leal García. 27 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Luis García Sedas.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VII.1o.A.T. J/31, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, diciembre de 2006, página 1133, con el rubro: "
DÍAS DE DESCANSO NO LABORADOS. CORRESPONDE AL PATRÓN PROBAR QUE FUERON CUBIERTOS
."